La Ley de Colegiación dispone que mediante reglamento se establezcan organizaciones locales a través de la Isla. Al presente, las organizaciones locales, a las cuales pertenecen los colegiados que residan o ejerzan en cada demarcación territorial, están constituidas por seis regiones. El colegiado que resida y ejerza en regiones distintas tiene la discreción de seleccionar la Región a la que desee pertenecer notificándolo a la administración del Colegio.
La Asamblea General, constituida por los colegiados reunidos en asambleas ordinarias o extraordinarias, es la suprema autoridad del Colegio. Se reúne anualmente y delega en una Junta de Directores sus facultades y deberes en los períodos entre asambleas
Junta de Directores 2021-2023
La Junta de Directores está compuesta por un presidente, seis delegados regionales (un delegado por cada Región), catorce delegados en representación de las distintas áreas de desempeño, a saber seis (6) delegados por farmacia de comunidad, tres (3) delegados por sistemas de salud, dos (2) por industria farmacéutica (uno por área de manufactura y otro por mercadeo/ventas), uno (1) por distribución de medicamentos al por mayor, uno (1) por docencia y uno (1) por compañías aseguradoras o administradores de beneficios de farmacia.
El Presidente Saliente en el año siguiente a su incumbencia, y el Presidente Electo son miembros ex oficio de la Junta de Directores y del Comité Ejecutivo con voz, pero sin voto. El Director(a) Ejecutivo(a) es también miembro ex oficio de ambos cuerpos.
Los Delegados de Regiones son electos en asambleas regionales previo a la fecha de la Asamblea Ordinaria del CFPR. Los Delegados por Área de Desempeño se eligen en dicha Asamblea Ordinaria por los colegiados de cada área de desempeño presentes en la Asamblea. La Junta de Directores podrá determinar otro método de elección lo que deberá notificar a los colegiados con suficiente anticipación.
Los delegados son el enlace entre la Junta de Directores y sus representados con las responsabilidades de:
La Junta de Directores, de entre sus miembros, elige dos vicepresidentes, un secretario(a), un subsecretario(a), un tesorero(a)
y un subtesorero(a), quienes constituyen el Comité Ejecutivo.
El Comité Ejecutivo toma acuerdos sobre asuntos que requieren acción inmediata que surjan en los intervalos entre las reuniones de la Junta de Directores.
Son los grupos de trabajo, designados por el Presidente, para hacer viable la labor de la Junta de Directores. Por reglamento, se crean once (11) comisiones permanentes y el Presidente, la Junta de Directores o el Comité Ejecutivo pueden designar comisiones especiales o ad-hoc para atender asuntos específicos.
Los objetivos de las comisiones permanentes son las siguientes:
Mediante reglamento, se crea la posición de Director(a) Ejecutivo(a) con la responsabilidad de las operaciones administrativas del Colegio y velar por la ejecución y cumplimiento de normas, acuerdos, políticas y programas de los cuerpos directivos.
Las operaciones administrativas del Colegio son dirigidas por el Director(a) Ejecutivo(a) quien cuenta con un personal gerencial de un Director(a) Asociado(a) para Servicios al Colegiado, un Director(a) Asociado(a) para Administración y una Secretaria Ejecutiva, además de otros empleados.